martes, 1 de junio de 2010

Un fallo que atrasa (y desconoce la existencia de los intereses individuales homogéneos)

(Fuente: Diario Judicial) El derecho del consumidor no siempre es de incidencia colectiva. La Sala B de la Cámara Comercial admitió un recurso presentado por el Banco de La Pampa contra una sentencia de primera instancia que había admitido un planteo de la asociación civil Consumidores Financieros para reclamar por el presunto cobro de sumas extras a los depositantes. La asociación civil pretendía una condena para la entidad crediticia "por su antijurídico proceder en materia del llamado riesgo contingente y con relación a sus clientes de cuentas corrientes cuando se compruebe que se les cobró por dicho concepto o en paralelo con otro denominado exceso de acuerdo en oportunidad de sobregiros". Las juezas María de Díaz Cordero y Matilde Ballerini señalaron que "el interés difuso, llamado también fragmentario, colectivo o supraindividual, es aquel que no pertenece a una persona determinada o a un grupo unido por un vínculo o nexo común previo, sino que corresponde a un sector de personas que se encuentran en un ambiente o situación común". Añadieron que "la titularidad de la relación jurídica sustancial recae en estos casos, sobre los aforados colectivos (vgr. asociaciones de consumidores, de usuarios, etc)". Sin embargo, consideraron que "la circunstancia de que se afecte el derecho al usuario o consumidor no determina per se que se trate de un derecho de incidencia colectiva". NOTA Y FALLO

2 comentarios:

  1. De la lectura rápitda del comentario del fallo y del objeto del reclmao se desperende que estamos en presencia de intereses individuales homogéneos y no interes difusos. Sin perjuicio de una eventual erróneo encuadramiento de la actora, el tribunal, por la investidura que posee y, en virtud del orden público de protección del micro sistema protectorio del derecho del consumidor yde la garantía consitucional de acceso a la justicia, debe dar respuesta a una situación de violación de derechos aparentemente comprobada.

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  2. Anónimo3:46 p.m.

    La Sala B es la única de las 5 que componen la Camara que continua fallando en contra de las asociaciones con el argumento de los "intereses difusos", sin reconocer la existencia del caso Halabi. Se explica dicho temperamento por una cuestión ideológica en contra del Consumidor.

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