jueves, 2 de diciembre de 2010

"Yo te conozco"

En Rosario condenan a supermercado a pagar daño punitivo. La sucursal rosarina de una cadena de supermercados incumplió con la oferta publicada en sus folletos, ya que los productos promocionados no se encontraban en stock y el precio publicitado difería del que efectivamente se cobraba en la caja. Tales conductas infringen los artículos 7 y 8 de la Ley 24.240. Además el supermercado incumplió con el artículo 9 bis de la ley de lealtad comercial que establece el "redondeo a favor del consumidor" cuando el vuelto a entregar sea inferior a 5 centavos. El consumidor engañado decidió exigir justicia y demandó al supermercado. Sólo había comprado un producto de los ofertados y obtuvo una indemnización de $ 1500 en concepto de daño moral y daño punitivo. El establecimiento comercial ni siquiera se presentó a contestar la demanda. FALLO COMPLETO

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