lunes, 31 de octubre de 2011

Si hay "conducta uniforme" hay derechos colectivos

(Fuente: Diario Judicial) La Cámara Comercial, con el voto de los magistrados Rafael Barreiro y Juan Manuel Ojea Quintana, admitió el recurso de apelación interpuesto por una asociación de consumidores. La actora había impugnado la decisión de primera instancia que le había negado el derecho a ser parte en un juicio por entender que no estaban en juego derechos colectivos, sino derechos individuales. La Sala F del Tribunal Mercantil destacó que la asociación de consumidores actora no podía ser desconocida como parte del juicio pues la acción judicial recaía sobre una “conducta uniforme” del banco y la aseguradora demandados. La causa tuvo inicio a partir de la demanda de una asociación de consumidores y usuarios contra un banco y una aseguradora por el cobro de una prima excesiva de un seguro de vida contratado por diversos clientes de la entidad financiera. NOTA Y FALLO...

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