viernes, 17 de septiembre de 2004

Argentina - Nueva acción colectiva: el Banco de la Provincia de Buenos Aires deberá devolver más de 30 millones de pesos por un seguro compulsivo

(Fuente: Clarín.com) El Banco de la Provincia de Buenos, durante más de dos años, debitó compulsivamente un seguro de $ 1 por robo en cajeros automáticos a aproximadamente dos millones de usuarios de tarjetas. Ahora deberá devolver el dinero actualizado de acuerdo a sus propias tasas de interés. Ver información completa

ENTRE LÍNEAS
"El Derecho del Consumidor es una utopía"
Con esta frase y otras de similar tenor, la doctrina jurídica más conservadora criticaba y hasta se burlaba de los juristas que pregonaban esas "revolucionarias" ideas. Un Derecho pensado para trasladar los valores de justicia y equidad al mercado de consumo parecía una herejía en contra de los rumbos de la economía globalizada.
Desde mucho antes que en nuestro país existiesen normas destinadas a proteger a los consumidores y usuarios, unos pocos "libre-pensadores" (Morello, Mosset Iturraspe, Stiglitz, Alterini, López Cabana), se animaron a introducir en el Derecho Argentino la doctrina de la "justicia contractual" y su efectiva implementación.
Hoy vemos que "los menos talentosos del mercado" -así estigmatizaron a los consumidores algunos reaccionarios- empiezan a ver los resultados de aquellas utopías. Asistimos verdaderamente regocijados a los primeros frutos tangibles de la tan pregonada "efectiva implementación del Derecho del Consumidor".
Sin perjuicio que la jurisprudencia en materia de tutela de consumidores y usuarios viene consolidándose desde hace varios años, ahora, en un peldaño más de esa evolución, se produce un giro hacia "lo colectivo", irrumpiendo las acciones judiciales colectivas como la solución más idónea para la reparación de injusticias masivas.
El famoso "apagón" de Buenos Aires, los cargos bancarios no convenidos contractualmente, la aplicación de coeficientes ilegítimos en la compra financiada de electrodomésticos, la imposición de seguros en las tarjetas de crédito o débito, etcétera; son claros ejemplos de los "daños del mercado". Es evidente que, independientemente del perjuicio que sufre cada persona individualmente, estas circunstancias se traducen en una lesión mucho más grave que atenta directamente contra el "interés social".
La única manera de reparar esa suma de "ínfimos" (así los habría denominado el banco demandado) perjuicios, lo constituyen las acciones colectivas, impulsadas por los sujetos que en nuestro país tienen legitimación procesal a tal efecto: asociaciones de defensa del consumidor, la "autoridad de aplicación nacional o local", el Ministerio Público y el Defensor del Pueblo (arts. 52, Ley 24.240 y 43 de la Constitución Nacional).
Con todo, disentimos con aquella opinión que pretende enfrentar a consumidores y empresarios. Un mercado próspero, es un mercado sano y transparente que respeta los derechos esenciales de las personas. Y en ese sentido, invitamos a reflexionar a los “proveedores de cosas o servicios” en torno a que honrar los derechos del "cliente", puede convertirse en una excelente política de marketing que notoriamente los enaltecerá por sobre la competencia.
Entonces, nos animamos a plantear nuevas utopías, augurando el alumbramiento de un mercado saludable, en el cual los empresarios entiendan que el "libre juego de la oferta y la demanda" tiene un infranqueable límite en el respeto a los derechos -constitucionales y de orden público- de los consumidores y usuarios.



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