(Fuente: Diario Clarín) La ley 2.475 fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad en octubre del año pasado y establece que las empresas "deben colocar la opción de hablar con un/a operador/a dentro de las opciones del primer menú" de su sistema de respuesta automática.
También se establece que todas las compañías prestadoras de servicios tendrán la obligatoriedad de contar con un número telefónico gratuito (línea 0-800 o servicio de cobro revertido automático) para atender a sus usuarios. La ley excluye a las que sean, de acuerdo a la legislación nacional, micro, pequeñas y medianas empresas
El texto de la ley va más allá y establece que los operadores telefónicos que atiendan a los usuarios deberán identificarse con su nombre y apellido. NOTA COMPLETA
También se establece que todas las compañías prestadoras de servicios tendrán la obligatoriedad de contar con un número telefónico gratuito (línea 0-800 o servicio de cobro revertido automático) para atender a sus usuarios. La ley excluye a las que sean, de acuerdo a la legislación nacional, micro, pequeñas y medianas empresas
El texto de la ley va más allá y establece que los operadores telefónicos que atiendan a los usuarios deberán identificarse con su nombre y apellido. NOTA COMPLETA
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