
(Fuente: Diario Judicial) La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires rechazó una medida cautelar interpuesta por la empresa de entretenimientos en la que se solicitaba suspender una ordenanza municipal que limitó el horario de funcionamiento de la casa de juegos. La ordenanza de la municipalidad de Necochea dispuso que el Bingo de esa ciudad balnearia abra a las 18 y no a las 10 de la mañana, como pretendía la empresa. Los jueces explicaron que "la mera comprobación de que la Constitución de la Provincia contiene una disposición como la del artículo 37, que consagra una serie de principios y reglas en materia de juegos de azar,no es bastante como para tener por configurado en el caso el requisito mencionado" (n del r: verosimilitud del derecho invocado). Los jueces del Máximo Tribunal señalaron en el fallo que la Constitución provincial "puso a cargo de las comunas, entre otras, cuestiones atinentes a la salubridad pública y las facultó para dictar ordenanzas y reglamentos vinculados con esa atribución".
NOTA Y FALLO COMPLETO
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