El informe de la AGN del año 2007 sobre el funcionamiento del servicio es lapidario. Error humano o falla mecánica, una vez más el Estado ausente en la protección de los usuarios de servicios públicos.
TEXTUAL: "La empresa TBA no ha efectuado en su totalidad, la presentación de los Planes de Mantenimiento referidos al período auditado, conforme a lo establecido contractualmente y a los lineamientos del Órgano de Control. Más aún, tampoco dio respuestas a los pedidos de aclaración y/o adicionales que se le efectúan sobre la documentación agregada. Asimismo, ha efectuado algunas presentaciones de informes, de los avances que se registran, en forma irregular, sin contemplar la periodicidad exigida por contrato. Ante la situación descripta, la CNRT no adoptó las medidas suficientes para que se reviertan estos incumplimientos. (…) Los distintos componentes del sistema de vía presentan un estado deficitario, ante lo cual, y como paliativo, se impone restricciones a las velocidades máximas de circulación. (…) En cuanto al material rodante, TBA no realiza un mantenimiento adecuado. Tampoco brinda respuesta técnica, en tiempo y forma, a las irregularidades detectadas por la CNRT mediante sus inspecciones de seguridad de dicho material; constatándose además, que las unidades que se utilizan para la prestación del servicio, presentan anomalías que afecta el confort de los usuarios. (…) Asimismo, el Órgano de Control no ha sancionado a TBA, con base en el artículo 16 inciso 1 del Contrato de Concesión, por las irregularidades detectadas durante el año 2005, respecto del mantenimiento de la señalización, material rodante y la infraestructura dada en concesión. Por su parte, habiendo transcurrido más de cuatro años y medio, la Secretaría de Transporte no ha dado cumplimiento a la elaboración y puesta en vigencia de un Nuevo Reglamento General de Penalidades, para regir durante la Emergencia Ferroviaria declarada por el Decreto N° 2075/02. (…)" VER INFORME COMPLETO
TEXTUAL: "La empresa TBA no ha efectuado en su totalidad, la presentación de los Planes de Mantenimiento referidos al período auditado, conforme a lo establecido contractualmente y a los lineamientos del Órgano de Control. Más aún, tampoco dio respuestas a los pedidos de aclaración y/o adicionales que se le efectúan sobre la documentación agregada. Asimismo, ha efectuado algunas presentaciones de informes, de los avances que se registran, en forma irregular, sin contemplar la periodicidad exigida por contrato. Ante la situación descripta, la CNRT no adoptó las medidas suficientes para que se reviertan estos incumplimientos. (…) Los distintos componentes del sistema de vía presentan un estado deficitario, ante lo cual, y como paliativo, se impone restricciones a las velocidades máximas de circulación. (…) En cuanto al material rodante, TBA no realiza un mantenimiento adecuado. Tampoco brinda respuesta técnica, en tiempo y forma, a las irregularidades detectadas por la CNRT mediante sus inspecciones de seguridad de dicho material; constatándose además, que las unidades que se utilizan para la prestación del servicio, presentan anomalías que afecta el confort de los usuarios. (…) Asimismo, el Órgano de Control no ha sancionado a TBA, con base en el artículo 16 inciso 1 del Contrato de Concesión, por las irregularidades detectadas durante el año 2005, respecto del mantenimiento de la señalización, material rodante y la infraestructura dada en concesión. Por su parte, habiendo transcurrido más de cuatro años y medio, la Secretaría de Transporte no ha dado cumplimiento a la elaboración y puesta en vigencia de un Nuevo Reglamento General de Penalidades, para regir durante la Emergencia Ferroviaria declarada por el Decreto N° 2075/02. (…)" VER INFORME COMPLETO
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