miércoles, 4 de julio de 2007

[Venezuela] Importante sentencia del Tribunal Superior de Justicia en materia de intereses y prácticas bancarias

(Fuente: Unión Radio) Sala Constitucional TSJ declaró parcialmente con lugar demanda presentada en defensa de los usuarios de tarjetas de crédito.
La Sala Constitucional, con ponencia de su vicepresidente Jesús Eduardo Cabrera Romero, declaró parcialmente con lugar una acción intentada por los Roberto León Parilli, Mario Luis Sánchez Araujo y Wolfang Cardoso Espinel, presidente, vicepresidente ejecutivo y vicepresidente de operaciones, respectivamente, de la asociación civil Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), contra la Asociación Bancaria de Venezuela, el Consejo Bancario Nacional, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y el Banco Central de Venezuela.
se ordenó a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras "que impida el anatocismo y sancione a quienes lo practiquen y que; en consecuencia, no autorice la aplicación por parte de las entidades bancarias o financieras de sistemas de cálculo de intereses sobre intereses generados en facturaciones anteriores", además, "si en fecha anterior a este fallo, los emisores han realizado prácticas anatocistas, los perjudicados podrán reclamar el pago de las sumas indebidamente cobradas". Para el cumplimiento de este dictamen se ordenó a la mencionada Superintendencia verificar los cálculos en estos casos.
También se ordenó al Banco Central de Venezuela "fijar anualmente y de inmediato a este fallo, la tasa de interés máxima y mínima para las tarjetas de crédito, con base en los principios de equidad y proporcionalidad, que protejan tanto al sistema crediticio como al consumidor del mismo, en esta especialidad".
La mencionada Superintendencia deberá eliminar el cobro a los usuarios de los gastos de cobranza no causados; los de mantenimiento o renovación de la tarjeta y los de emisión de los estados de cuenta, pues ellos son necesarios para que el negocio jurídico tenga lugar y, por tanto, corren a cargo del emisor y no del usuario. Nota completa...

1 comentario:

  1. Anónimo10:24 a.m.

    Estimado Dr. Rusconi:
    Muchas gracias por difundir este fallo mediante el cual la Corte Suprema de Venezuela impone al Banco Central el control sobre el anatosismo, acciones que por ahora en nuestro país no parecen posibles.
    Atentamente,
    Dra. Isabel Novosad
    Directora Ejecutiva de PADEC

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