(Fuente: Invertia) Buenos Aires, 19 de diciembre (Télam).- El Senado de la Nación aprobó hoy por unanimidad y devolvió a la Cámara baja un proyecto que introduce modificaciones sustanciales a la Ley de Defensa del Consumidor, con el objetivo de proteger a compradores y usuarios. Nota completa
miércoles, 19 de diciembre de 2007
domingo, 16 de diciembre de 2007
Ley maldita para bancos, industrias y privatizadas
(Fuente: Página 12) La asociación de bancos extranjeros, más que ningún otro, la cámara de empresas aéreas, la Unión Industrial Argentina, la cámara de tarjetas de crédito, las compañías de cable, las telefónicas y otras privatizadas están ejerciendo una fuerte presión para frenar una ley que a simple vista parece inofensiva, pero que a juzgar por su reacción no lo sería tanto. Se trata de una modificación a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que viene a tapar una veintena de grietas legales a la norma en vigencia por donde se escapan numerosas compañías para sacarles ventaja a sus clientes. El proyecto, con media sanción en Diputados, prohíbe la sobreventa de pasajes, obliga a sincerar los sobrecostos bancarios, eleva las multas de los incumplidores a cinco millones de pesos, permite a los usuarios litigar sin costas, les reconoce el derecho a indemnizaciones inmediatas de hasta 3000 pesos y fuerza a las prestadoras de servicios públicos a someterse a la ley, entre otros puntos. Aunque no lo parezca, todo eso significa mucho dinero. Nota completa
sábado, 15 de diciembre de 2007
Europa prohíbe engañar al consumidor
(Fuente: La Vanguardia) Esta semana ha entrado en vigor una directiva que pone coto a los métodos de venta considerados desleales y engañosos y que se basan en métodos comerciales agresivos y que muchas veces rozan el engaño al comprador.
La nueva legislación refuerza las normas sobre métodos de venta engañosas y agresivas (que se juzgarán caso por caso en función del daño causado) y prohíbe, sin paliativos, una exhaustiva lista negra de las doce peores prácticas comerciales basadas en el acoso, la coacción o la influencia. Nota completa
La nueva legislación refuerza las normas sobre métodos de venta engañosas y agresivas (que se juzgarán caso por caso en función del daño causado) y prohíbe, sin paliativos, una exhaustiva lista negra de las doce peores prácticas comerciales basadas en el acoso, la coacción o la influencia. Nota completa
viernes, 14 de diciembre de 2007
Publicidad engañosa
(Fuente: Diario Judicial) La Cámara en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad confirmó la sanción contra un supermercado por la promoción de una oferta engañosa. Los jueces descartaron que la falta de intención de inducir a error al cliente exima de responsabilidad al comerciante y destacaron que como éste es el que determina las condiciones en que vende los productos, el consumidor “debe ser protegido contra cualquier posible daño”.
La multa contra el supermercado tuvo lugar porque los inspectores observaron que en el local se exhibía en góndola un combo integrado por tres aerosoles, con precio de venta $9.05, indicando en su presentación que uno de los envases era a título gratuito. Pero, verificados los productos con sus precios en forma individual (sin la oferta “combo”), se comprobó que la suma de todos ellos arrojaba un total de $8.58. De manera que, “la gratuidad manifestada en la promoción en cuestión se ve desvirtuada, constituyendo lo antedicho una presunta infracción al artículo 9º de la ley 22.802”, dice el fallo. Nota completa
La multa contra el supermercado tuvo lugar porque los inspectores observaron que en el local se exhibía en góndola un combo integrado por tres aerosoles, con precio de venta $9.05, indicando en su presentación que uno de los envases era a título gratuito. Pero, verificados los productos con sus precios en forma individual (sin la oferta “combo”), se comprobó que la suma de todos ellos arrojaba un total de $8.58. De manera que, “la gratuidad manifestada en la promoción en cuestión se ve desvirtuada, constituyendo lo antedicho una presunta infracción al artículo 9º de la ley 22.802”, dice el fallo. Nota completa
lunes, 10 de diciembre de 2007
Brasil: Dolencia grave debe ser tratada a pesar del plazo de carencia, dice el STJ
(Fuente: Folha Online) "Em condições particulares, torna-se inaplicável a cláusula", disse o ministro. "Não propriamente por ser em si abusiva, mas pela sua aplicação de forma abusiva". Segundo a decisão, "a aplicação do prazo de carência não pode se contrapor ao fim maior de um contrato de assistência médica, que é o de amparar a vida e a saúde". Nota completa
jueves, 6 de diciembre de 2007
La Justicia ordenó devolver dinero a usuarios de celulares
(Fuente: Infobae Profesional) La Justicia ordenó a una empresa de telefonía celular devolver plata mal cobrada, con los intereses y hasta con una indemnización. Es la primera acción colectiva que favorece a usuarios de servicios públicos y ya fue bien recibida en las asociaciones que defienden a los consumidores.
Los jueces resolvieron que más de un millón de usuarios de celulares deberían recibir en menos de 60 días un crédito en sus facturas de hasta $50 por cliente. Nota completa
Los jueces resolvieron que más de un millón de usuarios de celulares deberían recibir en menos de 60 días un crédito en sus facturas de hasta $50 por cliente. Nota completa
domingo, 2 de diciembre de 2007
Aerolíneas de bajo costo, una tendencia que va en aumento
(Fuente: diario El Día) Las empresas que ofrecen tarifas aéreas a valores muy económicos se han convertido en un fenómeno que se impone en varios países del mundo. La irlandesa Ryanair lidera este mercado en Europa y, en Estados Unidos, por caso, Skybus es una de las más populares en su rubro, con pasajes que pueden conseguirse desde la insólita cifra de 10 dólares. Nota completa
sábado, 1 de diciembre de 2007
Chile: Corte Suprema descarta recurso de Cencosud contra demanda colectiva
(Fuente: El Mostrador) La Primera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso que Cencosud interpuso con el fin de que se revocara la admisibilidad del juicio colectivo presentado por Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) por el alza unilateral de los cobros por comisión de mantenimiento de la tarjeta Jumbo Más y las cláusulas abusivas del contrato.
La acción fue presentada por el organismo gubernamental en diciembre de 2006 y declarada admisible por el tribunal de primera instancia. El 29 de agosto, esta resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, ante lo cual la empresa presentó un recurso de casación que perseguía la revocación de este fallo, el que fue rechazado por el máximo tribunal. Nota completa
La acción fue presentada por el organismo gubernamental en diciembre de 2006 y declarada admisible por el tribunal de primera instancia. El 29 de agosto, esta resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, ante lo cual la empresa presentó un recurso de casación que perseguía la revocación de este fallo, el que fue rechazado por el máximo tribunal. Nota completa
La justicia porteña ordenó a una obra social que cubra una fertilización in vitro
(Fuente: Diario Judicial) La decisión fue tomada por la jueza Patricia López Vergara, titular del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo Nº 6, que hizo lugar a una acción de amparo presentada contra la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de que ésta cubra el 100 % de la reproducción asistida. La magistrada sostuvo que negarle el derecho a fundar una familia a esta pareja importa una discriminación para quien padece esta enfermedad (infertilidad); mientras que además invocó el derecho adquirido a la mejor calidad de vida y el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y su aplicación. Nota completa
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