domingo, 23 de agosto de 2009

Corte Suprema y usuarios

(Fuente: Diario de Cuyo) En un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, ha interpretado el alcance expansivo de una sentencia que defiende los derechos de usuarios de un servicio público.El amparo fue promovido por el Defensor del Pueblo de la Nación y la Dra. Adriana Manetti -en calidad de usuaria del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales- a fin de obtener la declaración de nulidad de determinadas disposiciones del decreto nacional 787/93 y de las resoluciones 8/94 y 12/94 del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS), así como de toda norma que autorice la facturación del componente medido en forma global, con cargo al consorcio de copropietarios respectivo, en los casos de edificios afectados al régimen de propiedad horizontal que no poseyeran conexiones independientes.Como se anticipara, el 11 de agosto de 2009, el máximo Tribunal de Justicia resolvió favorablemente el alcance expansivo de la sentencia, adhiriendo a los fundamentos y conclusiones del dictamen de la Procuración. Conviene recordar que la Corte, en precedentes no muy remotos, ya se había pronunciado en sentido análogo. Inclusive, aun sin la participación del Defensor del Pueblo, en el caso "Halabi" (24-2-2009), luego de precisar los derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos, destacó que, en este supuesto -que comprende los derechos de usuarios y consumidores- hay una homogeneidad fáctica y normativa que lleva a considerar razonable la realización de un solo juicio con efectos expansivos de la cosa juzgada que en él se produzca. NOTA COMPLETA / FALLO COMPLETO (FUENTE: CSJN, Fallo D.123.XL.)


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