jueves, 6 de octubre de 2011

Una empresa agropecuaria no es consumidora si compra maquinarias


(Fuente: Diario Judicial) La Cámara Comercial admitió el recurso de apelación interpuesto por un fideicomiso que buscaba realizar una ejecución prendaria. La jueza de grado se había declarado incompetente por aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, rechazando el pacto de prórroga de jurisdicción que determinaba que el juicio se tramitaría ante los Tribunales correspondientes al domicilio del acreedor. La Sala F del Tribunal de Apelaciones, integrada por los vocales Rafael Barreiro, Juan Manuel Ojea Quintana y Alejandra Tévez, indicó que en virtud de la calidad de sociedad comercial que exhibía la demandada y en función del objeto de la contratación no podía considerarse a la accionada como consumidora y, en consecuencia, aplicarle la normativa de la Ley 24.240. NOTA Y FALLO COMPLETO

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