(Fuente: Diario Judicial) La Cámara Comercial admitió el recurso de
apelación interpuesto por un fideicomiso que buscaba realizar una
ejecución prendaria. La jueza de grado se había declarado incompetente
por aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, rechazando el pacto
de prórroga de jurisdicción que determinaba que el juicio se tramitaría
ante los Tribunales correspondientes al domicilio del acreedor. La Sala F del Tribunal de Apelaciones,
integrada por los vocales Rafael Barreiro, Juan Manuel Ojea Quintana y
Alejandra Tévez, indicó que en virtud de la calidad de sociedad
comercial que exhibía la demandada y en función del objeto de la
contratación no podía considerarse a la accionada como consumidora y, en
consecuencia, aplicarle la normativa de la Ley 24.240. NOTA Y FALLO COMPLETO
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