miércoles, 28 de noviembre de 2012

La Suprema Corte de Buenos Aires confirma daño punitivo por trato indigno


(Fuente: http://www.scba.gov.ar/ - Colaboración: Dr. Matías Tau). Se trata del caso "Machinandiarena" proveniente de Mar del Plata, que fue el primer fallo sobre "daño punitivo" (multa civil) sentenciado en el país, . La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, con voto del Dr. Genoud al que adhirieron los Ministros Soria, Hitters y Negri, rechazó el recurso extraordinario interpuesto por Telefónica Móviles Argentina S.A. contra la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata. La Cámara de Mar del Plata había confirmado la decisión de primera instancia que había concedido al accionante una indemnización de $ 30.000 en concepto de daño moral, más $ 30.000 en concepto de multa civil con base en el artículo 52 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Teniendo en cuenta las circunstancias del caso -al consumidor incapacitado motriz se le negó atención y fue  sometido a una larga espera en la vereda de un local comercial de MOVISTAR que no contaba con rampa para sillas de ruedas-, el fallo de la Suprema Corte de Buenos Aires estableció que "la violación de los deberes impuestos por los arts. 42 de la Constitución nacional y 8 bis de la ley de defensa del consumidor, se refieren a comportamientos vinculados a la relación de consumo, esto es, a las tratativas previas a la constitución del vínculo, a los comportamientos que la oferente desarrolla para crear la situación en la que realiza la prestación, y a las conductas poscontractuales; y como la exigencia de condiciones de atención y trato digno apunta a la situación subjetiva, al respeto del consumidor como persona que no puede ser sometida a menosprecio o desconsideraciones, resulta lógico que frente a su violación se originen no sólo la infracción de la ley 24.240, sino también la de otras normas previstas en leyes: tal el caso del trato discriminatorio y lo regulado por la ley 23.592”. Ver fallo SCBA.... Acceso al fallo de Cámara aquí...

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