Fuente: Diario Judicial. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza revocó una sentencia de Cámara y admitió, en forma parcial, el amparo colectivo de una asociación de consumidores contra la empresa de telefonía celular Claro, por las deficiencias de información y servicio técnico que sufrieron los usuarios del equipo Iphone de Apple. En el caso, una mujer y la asociación de consumidores "Protectora" promovieron una acción de amparo -individual y colectiva a la vez- contra AMX Argentina S.A., denominación comercial “Claro”. La condena por daño punitivo que había solicitado la actora no prosperó, aunque la demandada fue intimada a resolver los problemas de los usuarios en un plazo de 48hs. La decisión fue tomada por la Sala Primera del Alto Tribunal local, integrada por los magistrados Alejandro Pérez Hualde, Jorge Nanclares y Fernando Romano. Los jueces afirmaron que la empresa Claro infringió lo dispuesto en los artículos 4 y 12 de la Ley 24.240, “infracción que no sólo resulta acreditada por la pericia rendida sino también con lo dispuesto en el manual del usuario del equipo Iphone”. Además, el Máximo Tribunal provincial señaló que “una remisión genérica a un manual o a un sitio de internet a los fines de solucionar los posibles inconvenientes de usuarios y consumidores no implica en modo alguno el cabal cumplimiento de las disposiciones y del espíritu de la Ley de Defensa del Consumidor vigente”. Ver nota completa y descargar fallo
Hola buenas tardes! agradezco por la informacion brindada, recientemente me eh recibido de abogado y por el momento trabajo en una inmobiliaria...trato de adquirir todos los conocimientos posibles y estar preparado mas adelante, dejo mis saludos!
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